Doctrina
Título:El poder del Parlamento en América Latina
Autor:Cabrera Pantoja, Bárbara L.
País:
México
Publicación:Revista de Ciencia de la Legislación - Número 14 - Octubre 2023
Fecha:18-09-2023 Cita:IJ-IV-DCCCXLIX-184
Índice Voces Ultimos Artículos
I. Preámbulo
II. Noción de Parlamento e importancia de “parlamentar”
III. Funciones del Poder Legislativo
IV. Leyes de papel versus realidad social
V. Mayorías legislativas y relevancia de las minorías parlamentarias
VI. ¿Qué tan poderosos son los Parlamentos?
VII. Vigilar al vigilante
VIII. Parlamento Latinoamericano y caribeño (Parlatino)
IX. Conclusiones
X. Fuentes de investigación y consulta

El poder del Parlamento en América Latina

Por Bárbara L.Cabrera Pantoja*

“Al Parlamento le hace falta una buena
dosis de asambleísmo”.
Pablo Castellano Cardalliaguet

I. Preámbulo [arriba] 

Cada Parlamento es un mundo. No importa que se trate del mismo país, cada Cámara tiene sus propios matices y esto se debe a sus atribuciones, así como a quienes ocupan un escaño, una curul. Y esos matices se amplifican cuando se trata de naciones diferentes.

Heme aquí, con una nueva aportación para la Revista de Ciencia de la Legislación, donde ya les he hablado acerca de cómo se hacen las leyes; la exploración de las fases del proceso de dictaminación legislativa; la incorporación y utilización de las TIC en el ámbito legislativo; el teletrabajo legislativo en época de pandemia; y la necesaria revisión de la Comisión Permanente del Poder Legislativo en México.

En esta oportunidad, el objetivo central de este artículo es presentar lo relativo al poder del Parlamento en América Latina. Para ello, comenzaré por apuntar la noción de Parlamento y con ello explicar de manera suscita la importancia de parlamentar. Lo que conducirá a explorar las más destacadas funciones del Poder Legislativo.

Tomando en consideración que el Parlamento es el pueblo en formato reducido por lo cual es vital politizar al pueblo para que elija a los mejores para ocupar las curules y así, revitalizar a este poder público, el cual, como lo expresado en diversos momentos, es el cerebro del gobierno, al dotar de las reglas del juego; constituyéndose en oxígeno para la democracia o en un lastre, todo depende de hacia dónde dirija sus baterías; es que abordaré lo relativo a las leyes de papel versus realidad social. Temáticas idóneas para transitar hacia la exposición del papel de las mayorías legislativas en los Congresos, así como la relevancia de las minorías parlamentarias. En este tenor, como diría Norberto Bobbio,

“una democracia es representativa porque, por una parte, cuenta con un órgano cuyas decisiones colegiadas son tomadas por los representantes, y también, por la otra, porque refleja mediante esos mismos representantes los diversos grupos de opinión o de interés que se forman en el interior de la sociedad” (Bobbio, 2003: 494)

y ambas porciones, tanto la mayoría, como las minorías parlamentarias, personifican a la sociedad.

En este orden de ideas llegará el punto donde exploraré qué tan poderosos son los Parlamentos, punto donde también apuntaré la trascendencia del Poder Legislativo como contrapeso de los otros poderes.

No obstante, no todo debe quedar ahí en cuanto al imperio que tiene este poder público, mismo que ha transitado por varios momentos, desde tener sesiones secretas, hasta llegar a implementar estándares de Parlamento Abierto.

Ejemplos de la primera situación los encontramos en el primero y el segundo Congresos Constitucionales mexicanos, acerca de los cuales considero oportuno compartirles información en esta parte introductoria, debido a la importancia histórica que reviste.

La práctica de estas formas en el sistema parlamentario, esto es, la sesión secreta, la cual resultó complemento de la pública u ordinaria,

“sirvió en gran medida para encauzar los pasos iniciales, un tanto inseguros, del nuevo Estado, colaborando a la resolución de los primeros problemas políticos, sociales, económicos e internacionales de la vida republicana de México” (Instituto de Investigaciones Legislativas: 1984: 11).

Los interesantes asuntos comprendidos en las actas de las sesiones secretas de esa época aportan nuevos elementos para comprender con mayor fidelidad nuestra historia legislativa.

Se encuentran así, en estas actas, temas muy variados, anecdóticos, como la invitación que el Ayuntamiento de la capital de México hace a los diputados al ofrecerles un palco de esa corporación para que puedan asistir a las funciones de la compañía cómica de moda en esa época (lo cual consta en el acta de la sesión secreta ordinaria del 10 de enero de 1825), o bien la propuesta del señor Manuel Antonio Cañedo de Jalisco, “para que se confeccionen dos trajes decentes a los mozos de la Cámara”, propuesta que fue aprobada en la sesión del 1° de mayo de 1828; o el acuerdo del 9 de mayo de 1826, para que se autorice a la Secretaría de la Cámara se compre un diccionario castellano “que tanta falta les hace”.

Los asuntos religiosos, por otra parte, ocuparon en gran medida la atención de los legisladores de esos primeros Congresos. También se localizan en las actas secretas de las sesiones de la Cámara, algunos hechos históricos de relevancia nacional. (Instituto de Investigaciones Legislativas: 1984: 8 y ss.).

Dicho esto, continuaré los puntos a desarrollar en esta contribución disertando acerca de quién vigila al vigilante, un debate que aún permanece inacabado y sobre la mesa de debate, al cual es ineludible darle seguimiento, dándole su justa dimensión y trascendencia.

Sentadas estas bases participo lo concerniente al Parlamento Latinoamericano y caribeño (Parlatino), un organismo que eficientemente utilizado contribuirá a la integración de Latinoamérica en temas comunes, para hacer frentes parlamentarios, empoderarse y de esta manera encaminar hacia el bienestar colectivo al Parlamento de cada latitud.

Sin más preámbulo, acompáñenme a recorrer estas temáticas, invitándolos a intercambiar puntos de vista en Twitter, donde me encuentran entre letras, con mi café y a un tweet de distancia como @_BarbaraCabrera.

II. Noción de Parlamento e importancia de “parlamentar” [arriba] 

Escuchar vocablos tales como arenga, discurso, proclama, mitin, perorata, disertación, concilio, congreso, corte, reunión, cámara, cónclave, senado; nos evocan a una Asamblea deliberativa, que antaño encontrábamos personificada en las Ágoras y actualmente, su representación está presente en los Parlamentos.

Y es así debido a que en el Estado contemporáneo es imposible la democracia directa como forma exclusiva de gobierno, por cuya razón, los de orientación democrática se basan actualmente en la institución de la representación, por más que en ciertas ocasiones se recurra al empleo de mecanismos de democracia directa, como el referéndum, el plebiscito y la iniciativa popular.

En este sentido, el Parlamento es una Asamblea o sistema de Asambleas, de estructura colegiada con base jerárquica policéntrica e igualitaria, que tiene como principio la representación y, por ello, tiene por objeto intervenir en la elaboración y ejecución de las elecciones políticas que permitan garantizar el cumplimiento de la voluntad popular. El término Parlamento se llega a utilizar como sinónimo de Poder Legislativo, Asamblea o Congreso.

Los Parlamentos suelen ser monocamerales o bicamerales y su funcionamiento y peso puede diferenciarse en función del número de fuerzas políticas y órganos de gobierno que lo integran. En esencia, estos tienen cuatro funciones fundamentales: la representación, la legislación, el control del Ejecutivo y la legitimación.

Entonces, es posible decir que la democracia contemporánea tiene sus bases en la figura de la representación política. Tal como lo que expresa Jorge Fernández Ruiz (2023: 269)

“se puede explicar la representación política como un fenómeno que permite al Estado, mediante diferentes procedimientos –como el electoral–, integrar un grupo de ciudadanos que se encarguen de crear su voluntad, dada la imposibilidad de que él mismo lo haga” (Fernández, 2023: 272).

Y ahí es donde el Parlamento adquiere un papel protagónico, al constituirse idealmente como la voz del pueblo, esto es, el Parlamento es el pueblo en formato reducido.

En dichas Asambleas –llámese Parlamento, Congreso o Poder Legislativo– se parla para alcanzar acuerdos y así dotar al escenario socio-político, cultural, de paridad, económico, medioambiental, entre otros; de las reglas del juego.

Al respecto, la Real Academia de la Lengua Española (RAE) define Parlamentar, con dos acepciones. Veámoslas:

1. Dicho de una o de varias personas: hablar o conversar con otra o con otras.

2. Entablar conversaciones con la parte contraria para intentar ajustar la paz, una rendición, un contrato o para zanjar cualquier diferencia.

Mientras tanto, al abrir el diccionario en el término aludido –léase parlamentar– encontramos que se trata de un verbo intransitivo que tiene dos significaciones: la primera relacionada a discutir sobre un asunto o sobre un problema con la intención de llegar a un acuerdo o de encontrar una solución; y la segunda, inherente a hablar o conversar (una persona) con otra de forma oficiosa.

Al final, parlamentar es diálogo, entendimiento, exponiendo razones y argumentos para llegar a un punto medio.

De eso precisamente trata el Parlamento, de asumir la representación socio-política de los mandantes, para que desde la curul o escaño se parle para hacer realidad las múltiples funciones que tiene el Poder Legislativo, de las cuales les hablará a continuación y así ir escudriñando las temáticas que hagan posible visibilizar el poder del Parlamento.

III. Funciones del Poder Legislativo [arriba] 

La historia del parlamento revela que el sistema no había sido imaginado por ningún teórico antes de existir en la práctica. Su creación fue producto de hechos y situaciones que habían sido acumulados durante algunos siglos.

Podemos decir que el Parlamento nació en Inglaterra en 1215, cuando los nobles y obispos católicos obligaron al rey Juan sin Tierra a jurar la Carta Magna, documento que imponía graves limitaciones al poder real. De ahí la costumbre de hacer reuniones con los nobles, que conformaban lo que más tarde vino a ser el Parlamento, para la definición del rumbo político del monarca y para que este diera cuenta de sus actos.

Al siglo siguiente los burgueses que ya tenían el poder económico, pero estaban al margen del poder político, crearon la Casa del Parlamento que se llamó Cámara de Comunes debido a que sus miembros no eran nobles. De ese modo el Parlamento Británico pasa a ser bicameral, como lo es todavía hoy, una Cámara de los Lores y otro de los Comunes, cuyos miembros son elegidos por el pueblo. (Hernández, 2017: 18).

De esta manera el Parlamento se convierte en un órgano político colegiado y representativo en el que recaen las funciones de dirección del Estado, además de la función creadora de leyes, ejerce entre otras la de controlar los actos de los gobernantes, de acuerdo con las constituciones y el sistema político en que actúa.

Desde sus orígenes el Parlamento tuvo asignada una función representativa, a la que posteriormente fue agregada la presupuestaria, con el propósito de conseguir recursos pecuniarios al rey, sin embargo, esta función fue ampliada, sobre todo a finales del siglo XVIII, cuando las cámaras buscaron limitar y controlar el ejercicio del poder real que había llegado al absolutismo. Así comenzó el Parlamento a desarrollar otras funciones, entre ellas la legislativa y la fiscalizadora.

Actualmente las funciones del Parlamento se dan en el contexto diferente al que ocurría en el pasado. En este sentido, las funciones parlamentarias más comunes, manifiesta Samuel Hernández Apodaca, pueden ser clasificadas en: representativas, deliberativas, financieras, legislativas, de control, políticas (en sentido estricto, dado que todas las funciones del parlamento tienen este carácter), de inspección, jurisdiccionales, de indagación, de comunicación y educativas, entre otras. (Hernández, 2020: 69 y ss.).

Siguiendo al mismo autor, en los siguientes párrafos explico de manera suscita las principales funciones parlamentarias.

- Función representativa. Es la actividad propia y por antonomasia de quien actúa por cuenta de otro. En materia parlamentaria dicha función se atribuye a los partidos políticos y a los integrantes de las asambleas legislativas.

Los parlamentos deben actuar verdaderamente como órganos representativos, manifestar las características, conflictos y transacciones del conglomerado nacional, al cual representan y, por tanto, resultar útiles para que, mediante el diálogo y el debate se evite la violencia social, lo que genera un alto grado de consenso que nutra la obediencia civil espontánea.

- Función deliberativa. Las deliberaciones se someten a reglas de debate y es un proceso racional, pues ayuda a una Asamblea a considerar y a convencer sobre los argumentos que apoyan para aprobar o desechar un punto de acuerdo, un decreto o una ley.

Este tipo de función ha desarrollado, además del proceso racional, una fase política por la cual se dan negociaciones y compromisos entre los actores debatientes para apoyar o desechar el punto que se trate no tanto por las consideraciones o argumentaciones vertidas en la discusión, sino por intereses o convicciones de partido filiación o simpatía.

- Función financiera. Constituye una importante actividad del Parlamento, relacionada a los aspectos generales y concretos de la Hacienda Pública y de la economía de un país, ejerciendo sobre el Poder Ejecutivo una labor de vigilancia y control sobre lo que son los ingresos y egresos del gobierno.

En un Estado de derecho, esta función es otorgada al órgano parlamentario, para ser ejercida soberanamente, ya que de él va a depender la autorización al gobierno del presupuesto para hacer frente a sus necesidades, la vigilancia sobre su ejercicio y el análisis sobre la forma en que se ha realizado el gasto público.

- Función legislativa. Es la actividad del Estado que se materializa a lo largo de un proceso creativo de las normas jurídicas destinadas a reglamentar la organización del Estado, el funcionamiento de sus órganos y las relaciones entre el Estado y sus habitantes y de estos entre sí.

Esta función surge como expresión de la voluntad soberana del Estado, el cual se realiza fundamentalmente por conducto del Parlamento que es el órgano representativo de la sociedad.

En este tenor, apunta Jorge Fernández que

“la actividad formalmente legislativa se desarrolla, conforme a un procedimiento en el que se pueden distinguir las siguientes etapas: iniciativa, dictamen, discusión, aprobación, promulgación e inicio de la vigencia. Empero, al lado de la actividad formalmente legislativa desarrollada en el seno de las cámaras legislativas, se realizan otras materialmente legislativas, desarrollada en el ámbito del Poder Ejecutivo, que también genera normas generales, abstractas, impersonales, obligatorias y coercitivas, léase: reglamentos, instructivos, circulares, manuales de procedimientos y otras denominaciones de disposiciones generales administrativas” (Fernández, 2023: 254).

- Función de control. Compatible con el principio de división de poderes, los parlamentos han desempeñado tradicionalmente una función de control sobre los actos de los demás poderes.

Dependiendo de los regímenes, la función de control cuenta con naturaleza diferenciada. No obstante, en ambos sistemas, sea el Parlamentario o el Presidencial, el objetivo de las funciones de control es el supervisar y revisar que los actos de la administración o de la judicatura se adecuen conforme a las políticas establecidas bien en la Constitución o en las leyes o bien en ambas.

- Función administrativa. Además de la ejecución material o concreta de las leyes, la función administrativa abarca la tarea de asegurar el mínimo de condiciones necesarias para la continuidad de la vida de la comunidad, manteniendo el orden y la marcha de los servicios públicos.

En México, algunas de estas funciones son, la admisión de nuevos estados o territorios a la Federación y la formación de otros dentro de los límites de los ya existentes; la resolución definitiva de problemas no contenciosos, relativos a los límites entre los estados; el cambio de los poderes federales a otro sitio dentro del territorio nacional; entre otras.

- Función de indagación. Indagar viene del latín indagare, que es un verbo transitivo que denota la acción de averiguar, inquirir una cosa discurriendo con razón o fundamento o por conjeturas o señales. Aplicada a la actividad parlamentaria, constituye una función del Poder Legislativo.

Es importante tener presente que en todos los Parlamentos son designadas comisiones investigadoras de naturaleza temporal y para cumplir un fin determinado.

- Función de comunicación. El Parlamento proyecta su función de comunicación a una multitud de ámbitos y a un número indeterminado de personas, grupos y organizaciones políticas que integran los factores reales de poder de la comunidad.

Las formas de comunicación del Parlamento incluyen los canales oficiales, la dada entre poderes y diferentes Estados, que generalmente se cumplimenta mediante documentos que se denominan de diferente manera: representaciones, instancias, peticiones de informe, dictámenes resolutivos, acuerdos, decretos, memoriales, circulares, oficios, nota reservada, reportes, etcétera.

En tanto que los medios que se emplean para comunicarse con la ciudadanía incluyen toda clase de impresos; la utilización de los medios de comunicación masiva, eventualmente, el uso de los llamados medios intermedios, así como el uso de las TIC.

- Función jurisdiccional. Cumple otro de los puntos de equilibrio torales para la vida estatal; en virtud de que la responsabilidad política y penal de los juzgadores, así como de las altas esferas del gobierno, son susceptibles de juicio por los órganos camerales, de tal suerte que los representantes de la Nación vigilan el apego a la normatividad de dichos sujetos.

- Función electoral. En México esta función sigue vigente dentro del Parlamento, en la parte correspondiente a la designación o nombramiento de presidente de la República para el caso de muerte, interdicción, renuncia o desaparición, para lo cual el Congreso, o en su receso la Comisión Permanente, puede nombrar a un presidente sustituto, provisional o interino.

A través de este recorrido ha sido posible reconocer el poderío que desde el Parlamento se puede ejercer; por ende, no solo debe ponerse el foco de atención en la creación de las leyes, sino que, de suyo, desde los Poderes Legislativos se representa, se controla para equilibrar y así lograr ser el contrapeso de los otros poderes públicos; aunado a las otras funciones que en conjunto vuelven al Parlamento en un órgano de representación por excelencia.

Y hablando de leyes y representación, en el siguiente punto abordaré lo relativo a como la realidad social debe contrastarse con lo plasmado en la legislación.

IV. Leyes de papel versus realidad social [arriba] 

Cuando hablamos de leyes necesariamente debe observarse la figura de la representación que otorgamos a quienes ocupan una curul; luego, es preciso evaluar la calidad de esa representación y para ello, es ineludible contrastarla con la realidad social; toda vez que de nada sirven las leyes que solo quedan en el papel o como propuestas en el tintero.

Vayamos por partes para dilucidar esta temática tan trascendente.

Desde su fundación, entre los siglos XVII y XVIII, las democracias representativas han sufrido cambios radicales. La construcción de la representatividad política tuvo su génesis en un mundo rural, poco tecnificado y escasamente conectado entre sí. Más tarde, el surgimiento y consolidación de los partidos políticos, sobre todo a partir de la Segunda Guerra Mundial, dotó a estas democracias de una nueva capacidad de agregación social. Los partidos fueron los vectores para construir una nueva representatividad, pues se erigieron como los canales para acceder al poder político.

Paulatinamente se erosionó la identidad y estabilidad partidistas, los gobiernos representativos perdieron legitimidad por el doble efecto de su incapacidad para satisfacer a ciudadanos más exigentes y la imposibilidad para representar a una sociedad más heterogénea y versátil.

Estos no son todos los problemas de las democracias representativas. Norberto Bobbio se refirió hace más de cuatro décadas a lo que llamó “las promesas incumplidas de la democracia”. (López et al, 2011: 192 y ss.) no obstante, aquí nos atañe hablar de la legislación y la crisis que en ocasiones atraviesa.

Para el caso de América Latina, una serie de testimonios expresados por 231 líderes de la región coinciden y amplían este diagnóstico. En el informe “La democracia en América Latina. Hacia una democracia de ciudadanas y ciudadanos” (PNUD, 2015) los entrevistados distinguieron cuatro tipos de amenazas para la democracia: la desigualdad social, que impide una adecuada construcción de ciudadanía; la influencia de los poderes fácticos, tales como los mercados financieros, los organismos internacionales de crédito y diversos grupos de interés (empresarios y terratenientes), que limitan y coaccionan a las instituciones; la crisis y desconfianza que existe en los partidos políticos, los cuales –según el trabajo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)– no han sabido canalizar las demandas ciudadanas y son vulnerables a las presiones de intereses particulares; y la influencia de los medios masivos de difusión.

En este sentido, nos dice el PNUD, Latinoamérica presenta actualmente una extraordinaria paradoja. Por un lado, la región puede mostrar con gran orgullo más de dos décadas de gobiernos democráticos. Por otro, enfrenta una creciente crisis social. Se mantienen profundas desigualdades, existen serios niveles de pobreza, el crecimiento económico ha sido insuficiente y ha aumentado la insatisfacción ciudadana con esas democracias –expresada en muchos lugares por un extendido descontento popular– generando en algunos casos consecuencias desestabilizadoras.

Particularizando el caso mexicano, manifiesta Lorenzo Meyer que en 2006 se perdió la gran oportunidad de afianzar una confianza que apenas empezaba a brotar entre los ciudadanos en relación con el entramado institucional. De acuerdo al Informe país sobre la calidad de la ciudadanía en México del 2014, el factor de desconfianza persistía. En el extremo de la desconfianza pura se situaban diputados, partidos políticos, sindicatos, policía y jueces. Es significativo que los mexicanos confíen menos en sus legisladores que en la policía, institución que carga con un descrédito histórico. Si bien en teoría lo presentado, discutido y aprobado por los legisladores sería lo más cercano a la voluntad del pueblo, menos del 20 % de los ciudadanos los ve, pues en realidad representan los intereses de una partidocracia muy desprestigiada como símbolo de la soberanía. (Meyer, 2016: 135-136).

Tratándose de la representación, asociada al fenómeno de desafección socio-política en su contribución denominada Gobernabilidad y cultura política, Efrén Arellano Trejo afirma que

“la representación política, y con ella los gobiernos representativos, parecen acusar una nueva crisis. Los ciudadanos restringen su participación, en el mejor de los casos, a los procesos electorales y mantienen altos niveles de desconfianza, desconocimiento y desinterés en la política” (López et al, 2011: 191),

situación que tiende a irse modificando, dependiendo de los factores socio-políticos de cada época, por ejemplo, ante los cambios de régimen, para desterrar el neoliberalismo, lo cual está ocurriendo en América Latina en una segunda ola con la llegada de Andrés Manuel López Obrador a la Presidencia de México, en 2018. Lo cual ha cambiado el mapa político, así también contribuido a modificar la representación del pueblo en los Parlamentos.

Llega el turno de abordar esta problemática vista desde la legislación. Primero, hablemos desde los propios textos constitucionales. Respecto a ello Ferdinand Lasalle (2004: 14) advirtió en su tiempo que “la Constitución de un país, en esencia: es la suma de los factores reales de poder que rigen en dicho país” y remata diciendo que allí donde la Constitución escrita no corresponde a la real, estalla inevitablemente un conflicto que no hay manera de eludir y en el que, a la larga, tarde o temprano, la Constitución escrita, la hoja de papel, tiene necesariamente que sucumbir ante el empuje de la Constitución real, de las verdaderas fuerzas vigentes en el país. (Lasalle, 2004: 29). Máximas que continúan vigentes, con sus debidos matices.

Escenario que deriva en una crisis de la legislación, misma que afirma Ramón Brenna

“es un problema usual y extendido, aunque en diferentes formas y con distintas dimensiones, en todos los países democráticos occidentales.

El paso del Estado liberal al Estado social, advenido en el siglo XX, determinó cambios profundos en los mecanismos de representación política, en los procesos de toma de decisiones públicas, y también repercutió con fuerza en las características de la producción legislativa” (Brenna et al, 2013: VII).

Sin duda, en México y América Latina, la eficiente representación político-legislativa parece reducirse a tinta y papel; en la práctica se advierten las consecuencias: hipertrofia normativa, iniciativas superfluas que no atienden las demandas ciudadanas, nombramientos de funcionarios por cuotas partidistas, derroche presupuestal, falta de profesionalización de la labor parlamentaria, legisladores al servicio del Poder Ejecutivo y de los poderes fácticos; rubros a los que cada Parlamento sumará otros tantos. (Cabrera, 2021: 183-184) contexto, que insisto, no necesariamente permanece igual, sino que se va modificando al igual que las circunstancias socio-políticas de cada época determinada, lo cual repercute en la composición de las fuerzas políticas de los Parlamentos, así como su influencia en la agenda legislativa.

En su texto Introducción al pensamiento estratégico parlamentario, Ricardo Mimiaga apunta que los ciudadanos reclaman Parlamentos y Congresos modernos, honestos y eficientes, que, con real eficacia, y no con más simulación, legislen para intentar reducir el desorden, la incompetencia, la irresponsabilidad y corrupción oficial, así como la desigualdad económica y social, la injusticia, el desempleo, la pobreza y la inseguridad pública.

En la medida en que los Congresos realicen un mayor trabajo productivo, altamente responsable y eficiente; privilegiando el interés de las mayorías por encima siempre de intereses personales, partidistas o de grupo, habrá mayor posibilidad de construir en México comunidades equitativas, más prósperas, educadas, y por lo tanto menos pobres. (López et al, 2011: 86).

Lo cierto es que leyes y realidad social son componentes de un binomio indisoluble que deben encontrar un punto de encuentro para lograr el bienestar colectivo que contribuya al progreso de una Nación, a partir de dotar de un andamiaje legislativo suficiente para alcanzar el Estado de Bienestar, debido a que la legislación conforma un componente esencial de las políticas públicas.

Vamos ahora a explorar lo relativo a la composición de las fuerzas políticas en los Congresos, a partir de exponer el papel de las mayorías y minorías parlamentarias.

V. Mayorías legislativas y relevancia de las minorías parlamentarias [arriba] 

¿Es importante tener mayoría absoluta en los Congresos? ¿Qué ocurre con las minorías parlamentarias? ¿Cuál es la transcendencia de estos dos sectores? ¿Cómo inciden en el poder que ejerce el Parlamento?

Sépase que la mayoría parlamentaria, es aquella fracción de legisladores que pertenecen al partido político o coalición que obtuvo el mayor número de curules o escaños en el órgano legislativo. Por naturaleza, a la mayoría parlamentaria le corresponde tener a su cargo la dirección del Parlamento, coordinando su funcionamiento y administración. Asimismo, la mayoría que posee esa fuerza política le permite que el líder que designe tenga altas posibilidades de ser quien presida dicho órgano, o bien, alguien de su mismo Grupo Parlamentario.

A la fuerza política que tiene la mayoría parlamentaria, está le representa varias ventajas: coordinar los trabajos de un Congreso o Cámara; la distribución de presidencias de comisiones; la vigilancia de recintos; la representación jurídica del órgano y la aprobación de proyectos legislativos, por mayoría, atendiendo al tipo de votación que se requiera. Lo anterior, debido a que la aprobación de asuntos por mayoría calificada permite a los grupos minoritarios ejercer el veto de la minoría. En suma, la actuación de una mayoría parlamentaria dependerá del régimen político donde se ubique. (Berlín, 1997: 436).

Se puede afirmar que la mayoría parlamentaria colabora con el gobierno justificando, incluso, sus actuaciones, pero también lo controla corrigiendo determinadas irregularidades o incorporando elementos que lo fortalezcan. De esta forma, el gobierno se autocontrola a través de la mayoría parlamentaria. (Pedroza, 1996: 176). Justamente aquí es donde entra el contrapeso entre los poderes públicos, donde el control que realiza dicha mayoría tiene en muchas ocasiones mayor proyección pública que el realizado por las minorías legislativas.

Entonces, ¿qué tan relevante es el papel de las minorías? ¿Cuál es su importancia tanto en el Parlamento, como en la escena socio-política?

La minoría parlamentaria representa a aquellos grupos políticos que no tienen la mayoría en el Poder Legislativo, que por lo regular acceden al mismo, a través de sistemas electorales que buscan representar la proporcionalidad de votos, o en su caso, logran el triunfo en un número menor al total de las demarcaciones electorales, por la vía de la mayoría relativa.

El papel de la o las minorías parlamentarias es el de ser oposición a la mayoría, con ello, motiva que los debates en el Parlamento sean más abiertos e intensos, debido a la pluralidad ideológica, pues en un momento determinado, dos o más fracciones parlamentarias minoritarias se pueden unir para cuestionar a la mayoría y en algunos casos imponer un veto de minoría. En caso contrario, la minoría se puede aliar a la mayoría, lo que ocurre cuando se requiere algún tipo de votación especial, por ejemplo, las reformas constitucionales que requieren mayoría absoluta o calificada.

En otros términos, la garantía para la minoría se encuentra en el hecho de que la aplicación de la regla mayoritaria no es suficiente para tomar una decisión determinada, sino que se necesita que al menos una parte de la minoría apoye la toma de decisiones. Solo así una resolución parlamentaria alcanza verdadera legitimidad.

De ahí que la existencia de la minoría en un Parlamento sea importante, al evitar que impere la voluntad autoritaria de la mayoría, que llevaría a monólogos parlamentarios o decisiones unilaterales, cuando hace falta la opinión de otras corrientes políticas que ofrecen una visión diferente del asunto. (Berlín, 1997: 444 y 445).

Por naturaleza, el papel de la oposición legislativa al interior del Parlamento es ser contrapeso a la mayoría, ya sea utilizando los mecanismos de control, o adoptando actitudes en contra de la voluntad mayoritaria.

Este término tiene una estrecha relación con el de la oposición y minoría parlamentaria; con el primero, porque la oposición parlamentaria es representación de los partidos políticos opositores a un régimen. También puede darse el caso, de que el Poder Ejecutivo esté en manos de una determinada organización política y el Poder Legislativo de otra, existiendo entonces la dicotomía de un partido al mismo tiempo mayoritario y opositor. (Berlín, 1997: 468 y 469).

En este sentido, el rol que realiza la minoría en relación a la función de control parlamentario se puede resumirse en los siguientes puntos que destaca Susana Pedroza (1996: 178):

a) Controla, critica, limita y fiscaliza al gobierno.

b) Informa y mantiene la atención de la opinión pública.

c) Informa y mantiene la atención de las minorías.

d) Busca la modificación de las políticas gubernamentales.

e) Trata de influir en el gobierno, para que éste corrija sus errores.

f) Presiona al gobierno.

g) Colabora con el gobierno.

h) Ofrece una alternativa de gobierno.

 Proporciona educación política al pueblo.

Los parlamentarios pertenecientes a la oposición suelen utilizar a los actos de control para hacerse notar y adornarse en las Cámaras, tratando de conseguir popularidad y demostrar interés ante sus electores y ante la opinión pública. En cuanto a la oposición, la eficacia de los actos de control, a corto plazo, se encuentra en su capacidad de criticar e influir en la opinión pública, transmitiéndole información sobre la actuación del gobierno y de la mayoría que lo sustenta, auxiliándose de los medios de comunicación (Pedroza, 1996: 177), donde unos y otros resultan necesarios para la vida legislativa de un país.

Tener contrapesos en los Parlamentos es deseable en una democracia. La cuestión es que cada sector, tanto las mayorías como las minorías legislativas, asuman con responsabilidad el papel que les corresponde. Caso contrario se cae en la parálisis legislativa que en nada contribuye con el bienestar de un país. Y concluyo este punto dando un ejemplo palpable de lo que ocurre en México.

El 9 de junio de 2022, el grupo opositor al Gobierno de la Cuarta Transformación salió a la escena pública para declararse en “moratoria constitucional” dicho sea de paso, se trata de una figura jurídica inexistente y fue declarada por dirigentes partidistas, no por los propios ocupantes de curules. Estamos ante hechos inusitados en el país, ya que cuando eran opositores quienes actualmente detentan el poder, debatían y argumentaban en Tribuna a pesar de que quienes entonces tenían la mayoría legislativa no escuchaban ni veían a aquellas minorías parlamentarias. Hoy los tiempos son otros, como ciudadanos tenemos que exigir a dichos representantes populares –en específico a la oposición– para que cumplan con sus obligaciones constitucionales y legales, se pongan a trabajar y dejen de lado su inventiva de “moratoria constitucional”. (Cabrera, 2023: 16).

Lo cual instala a dicha minoría legislativa en la procrastinación legislativa y no ejerciendo de manera consecuente su papel destacado de contrapeso de la mayoría parlamentaria.

Dicho lo anterior, pasemos al siguiente punto donde aludo algunos rasgos que permiten observar el poder de los Parlamentos.

VI. ¿Qué tan poderosos son los Parlamentos? [arriba] 

El poder, considerado en el contexto de una relación como la capacidad de imponer la propia voluntad para modificar la conducta ajena, basada en la posibilidad de aplicar a ésta efectos benéficos o perjudiciales, es decir, de penar o recompensar el comportamiento ajeno, se da en diversos ámbitos de aplicación, en cada uno de los cuales tiene diferentes fundamentos y peculiaridades; por ello, al lado del poder político, cuyo fundamento es el derecho, se da el social, basado en la costumbre y en la proclividad de la mayoría de la comunidad a la imitación; el económico, apoyado en la riqueza; el religioso, fundado en el dogma; el mediático, cimentado en los medios de comunicación; y el militar, basado en la fuerza; entre otros. (Fernández, 2010: 18 y ss.). En esta ocasión, el objetivo de este punto lo dirijo a analizar el poder que poseen los Parlamentos, teniendo en cuenta los poderes apuntados, los que en cierta medida inciden en la vida parlamentaria.

Y es que no es posible pensar al Poder Legislativo sin ejercer su kratos para sí mismo, ante los otros poderes –los propiamente establecidos–, los fácticos, así como hacia la sociedad. La cuestión es, en qué momento, bajo que sustento y hasta dónde. En un primer momento es necesario atender la Constitución y leyes de cada país, donde se establecen las atribuciones, límites y obligaciones del ejercicio de cada Parlamento. Luego, habrá que estar atentos a la legitimidad de la cual goza cada uno de ellos para ejercer su poder, en tanto son representantes del pueblo.

En su aportación Crisis para una deontología legislativa, Fermín Edgardo Rivas Prats expone que

“la representación política es el núcleo de la democracia moderna en general y de la labor legislativa en particular. Por lo que toca a la concepción de la democracia moderna es el núcleo por cuanto viene a resolver el reto de la toma de decisiones públicas en estados densamente poblados” (López et al, 2011: 61).

En esta tesitura es necesario advertir que, al ostentar la representación del pueblo, el Poder Legislativo debe tomar en cuenta las diversas opiniones y requerimientos sociales.

Es decir, la trascendencia del Poder Legislativo frente a los otros poderes se corrobora al constituirse en representación de la sociedad, aunado a que cuenta con la función de control, la cual correcta y eficientemente ejercida constituye el contrapeso idóneo entre poderes.

En este sentido, Lucero Ramírez León en su artículo llamado Control parlamentario, mecanismo del Legislativo para co-dirigir al gobierno junto con el Ejecutivo, manifiesta lo común que es restarle potestad al Legislativo para ejercer la acción de gobierno, a fin de restringirlo a sus funciones legislativas que se circunscriben a la creación de leyes.

El Legislativo o Parlamento, sin embargo, es un órgano del Estado de poder político, cuya naturaleza primordial es representativa, lo que lo convierte en una institución de carácter colectivo, deliberativo y con capacidad de legislación y de control del Ejecutivo. (López et al, 2011: 387).

En este orden de ideas, reflexiona Ramón Brenna (et al, 2013: XIV) como Norberto Bobbio nos recordaba un interrogante que atravesó la historia del pensamiento político: ¿cuál es el mejor gobierno, el de las leyes o el de los hombres? Y nos respondía: si para concluir el análisis se me pide quitarme la vestimenta de estudioso y ponerme la de hombre comprometido con la vida política de su tiempo, no tengo ningún empacho en decir que prefiero el gobierno de las leyes y no el de los hombres. El gobierno de las leyes celebra hoy su triunfo en la democracia. ¿Qué cosa es la democracia sino un conjunto de reglas (las llamadas reglas del juego) para solucionar los conflictos sin derramamiento de sangre? ¿En qué consiste el buen gobierno democrático, si no, y, sobre todo, en el respeto riguroso de estas reglas? La democracia es el gobierno de las leyes por excelencia.

Aquí, sin embargo, entran varias disyuntivas de la época que nos está tocando vivir, con ejemplos claros de cómo desde el Parlamento no siempre se escucha la voz del pueblo y, por ende, no se le representa. Tal es el caso del golpe de Estado parlamentario que se dio en Perú en contra de Pedro Castillo quien a pesar de contar con el respaldo del pueblo; en diciembre de 2022 lo destituyeron, lo apresaron por rebelión, mientras el pueblo continúa siendo reprimido por manifestar su inconformidad. El Congreso peruano ha rechazo en más de nueve ocasiones adelantar las elecciones. Entonces, ¿el poder que tiene el Parlamento en este país a quien obedece? Sin duda, es un caso para la reflexión y un debate más profundo. Cuestión contraria se vivió en Ecuador, donde en mayo de 2023 el presidente Guillermo Lasso disuelve el Congreso para evitar que lo destituyan por supuestamente haber tolerado un presunto desfalco en una empresa estatal, decisión que implica la convocatoria de elecciones legislativas y presidenciales. La cuestión es, ¿qué tan de acuerdo o no están los mandantes ecuatorianos de este tipo de medidas? ¿Se les tiene que consultar? ¿Es necesario abrir el camino a otros mecanismos de control de ese poder ejercido?

Evidentemente estamos ante un par de escenarios respecto a los cuales es ineludible tener un amplio debate. Por un lado, tenemos un gobierno de izquierda donde el Parlamento hizo valer se poderío (Perú); y por el otro, un gobierno de derecha, donde el Parlamento quedó desdibujado al ser disuelto por el poder Ejecutivo quien no estuvo dispuesto a someterse al escrutinio público.

No se pierda de vista lo expresado por Jorge Fernández Ruiz, cuando alude que las peores desgracias de la humanidad derivan con lamentable frecuencia del desvío de poder, o sea, de la desnaturalización de la potestad pública en beneficio de unos cuantos detentadores de ella y en perjuicio de la dignidad humana, en confirmación de la tesis hobbesiana de que el hombre es el lobo del hombre. De ahí la aspiración milenaria resumida por Montesquieu: que, por la misma disposición de las cosas, el poder detenga al poder. (Fernández, 2010: XXXIII).

Entonces, lo ideal es que en el ejercicio de la función legislativa sea imperativo ejercer la autoridad y el imperio del Estado, al establecer pautas de actuación a partir de la expedición de leyes generales, impersonales, abstractas, obligatorias y coercitivas; y para lograrlo es necesario que los Parlamentos propongan, creen, adicionen, modifiquen, deroguen y en su caso abroguen leyes.

En este contexto, lo ideal es, limitar racional y equilibradamente el poder y la libertad de manera tal que el poder permita a los individuos hacer uso de su libertad sin lastimar las libertades de sus semejantes, de suerte que el depositario del poder sólo haga lo que expresamente el derecho le permita hacer y el gobernado pueda hacer cuanto no le prohíba el derecho. (Fernández, 2010: XXXIII) ya que como atinadamente lo afirman Pinelli y Presno (2016: 75) una de las exigencias propias de la democracia es que la toma de decisiones más relevantes se lleve a cabo a través de un procedimiento que garantice la publicidad y el debate. En palabras de Habermas, el grado de vitalidad de una democracia se mide por el papel que desempeñan la deliberación, la reflexión y el espíritu crítico en la marcha de los asuntos públicos.

En América Latina estamos ante una época de transformación, donde se actualiza el llamado de Ramón Brenna al manifestar la importancia de

“resaltar la misión de los Congresos, Parlamentos, Legislaturas, Consejos –las “casas de la Ley” como se les ha denominado–, y de sus actores, que desarrollan la delicada tarea de elaborar las reglas de juego sociales, en las sociedades democráticas” (Brenna et al, 2013: IX),

puesto que la democracia representativa requiere tiempo, asociado a que –tratándose del poderío del Parlamento– estamos ante un fenómeno socio-político que va modificándose y adaptándose a las circunstancias de cada tiempo y espacio, donde “los circuitos mediáticos, los sondeos y la política-espectáculo (en ocasiones) tienden a superarlo” (Pinelli y Presno, 2016: 25).

Escudriñadas estas temáticas, donde dimos un vistazo al poder del Parlamento, llega el momento de pasar al siguiente tema donde abordaré lo concerniente a quién vigila al vigilante.

VII. Vigilar al vigilante [arriba] 

Quis custodiet ipsos custodes es una locución latina del poeta romano Juvenal, traducida como ¿quién vigilará a los vigilantes?, ¿quién guardará a los guardianes?, ¿quién vigilará a los propios vigilantes?, entre otras connotaciones.

Vigilar, refiere la RAE, proviene del latín vigilare, y se define como observar algo o a alguien atenta y cuidadosamente.

Entonces, vigilar para efectos del tema que interesa en esta ocasión –léase como la observación que debe tenerse del Parlamento, con todas sus implicaciones– es prestar atención y estar al pendiente tanto del trabajo legislativo, así como de aquellos que ocupan una curul para que cumplan adecuadamente con sus obligaciones, ejerzan cabalmente sus atribuciones y desempeñen eficientemente el mandato que les ha sido conferido.

En este punto hablemos de la democracia, para determinar hasta qué punto el pueblo, la ciudadanía debe estar inmiscuida en la necesaria observación al Poder Legislativo.

Al respecto, Alain Touraine (2000: 46 y ss.) señala en ninguna parte existe una democracia ideal a la cual se opondría el carácter excepcional de ciertas experiencias democráticas. Advierte el autor, tres tipos de democracia. El primer tipo da una importancia central a la limitación del poder del Estado mediante la ley y el reconocimiento de los derechos fundamentales. Esta concepción liberal de la democracia se adapta con facilidad a una representatividad limitada de los gobernantes, pero protege mejor los derechos sociales o económicos contra los ataques de un poder absoluto.

El segundo tipo da la mayor importancia a la ciudadanía, a la constitución o a las ideas morales o religiosas que aseguran la integración de la sociedad y dan un fundamento sólido a las leyes. La democracia progresa aquí más por la voluntad de igualdad que por el deseo de libertad. Un tercer tipo insiste más en la representatividad social de los gobernantes y opone la democracia, que defiende los intereses de las categorías populares, a la oligarquía.

En este tenor, no hay democracia que no sea representativa, y la libre elección de los gobernantes por los gobernados estaría vacía de sentido si éstos no fueran capaces de expresar demandas, reacciones o protestas formadas en la sociedad civil. (Touraine 2000: 79).

Tal como lo describe Norberto Bobbio (2003: 7),

“si se considera la sociedad política (en una primera definición) como la forma más intensa y vinculadora de organización de la vida colectiva, la primera indicación que cualquier observador de la vida social está impulsando a hacer, es que existen varias maneras de dar forma a esta organización según los lugares y el tiempo”.

Poniendo como ejemplo el caso mexicano, adquiere trascendencia el poder ciudadano que emana del art. 39 Constitucional al otorgar al pueblo la soberanía para incluso decidir por la mejor forma de gobierno. Este poder se refleja delegando esa representación en los términos del art. 41 del mismo texto jurídico; mismo que a partir de las reformas constitucionales de la Cuarta Transformación, como se le conoce al cambio de régimen que actualmente vivimos bajo el liderazgo del Presidente Andrés Manuel López Obrador cuyo sexenio dio inicio el 1 de diciembre de 2018 y concluirá el 30 de septiembre de 2024, tenemos el poder de despedirlos si no satisfacen con su gestión, con herramientas como la revocación de mandato; además de tener la potestad de someter a consulta popular temas de la agenda pública-gubernamental, situación que no ocurría con el anterior régimen, el neoliberal.

Montesquieu advierte que la naturaleza de un gobierno deriva de su estructura, esto es, de la constitución que regula en cierto modo, que cambia de forma a forma, quién gobierna y de qué manera; pero según el mismo filósofo–, toda forma de gobierno puede también estar caracterizada por la pasión fundamental que lleva a los súbditos a obrar de acuerdo a las leyes establecidas y en consecuencia permite durar a todo régimen político. (Bobbio, 2003: 130).

Aludiendo la interrogante ¿Quién vigila al vigilante? ya que en ocasiones el Pleno se convierte en un performance, en una matrix; en una simulación, tenemos la presencia de diversos mecanismos a través de los cuales los representados podemos vigilar al Parlamento y sus integrantes, dando seguimiento a su presencia en la vida democrática y al cumplimento de su mandato.

Veamos algunos de ellos:

a) El Parlamento Abierto o apertura legislativa es un modelo de gestión e innovación que, a través de procesos de cocreación entre las y los legisladores, funcionarios, organizaciones de la sociedad civil, academia y ciudadanía en general, tiene como propósito fortalecer las funciones parlamentarias para continuar consolidando la transparencia y el acceso a la información pública, la rendición de cuentas, la participación ciudadana, la ética y la probidad en favor del sistema democrático. (ParlAméricas, 2022: 6).

Figura que está presente en varios Congresos latinoamericanos, donde México, no es la excepción. Para profundizar en estas temáticas invito al lector a ingresar a la página oficial de la CEPAL, aquí les comparto uno de sus enlaces https://biblioguia s.cepal.org/EstadoA biert o/compone ntes/parlam ento-abierto

b) Las audiencias públicas. Está demostrado que la participación ciudadana en la elaboración de leyes mejora la información que reciben las Cámaras, intensifica la transparencia y publicidad de la actividad legislativa y potencia la legitimidad de las leyes y su eficacia. Y dicha intervención tiene una forma adecuada de expresión a través de las audiencias públicas (Pinelli y Presno, 2016: 86).

c) La incorporación y uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación. En los Parlamentos se están adoptando nuevas estrategias y herramientas para reforzar los aspectos de participación ciudadana mediante la tecnología. Si bien estas innovaciones digitales y las redes sociales son, sin duda, fundamentales para los procesos de apertura, también es esencial tener en cuenta la brecha digital y trabajar para superarla a fin de garantizar la participación equitativa de todos los segmentos de la población.

Así, los cuatro pilares de la apertura legislativa son: transparencia y el acceso a la información; rendición de cuentas; participación ciudadana; y ética y probidad.

Estos pilares se interrelacionan entre sí, por lo que no deberían considerarse como silos inconexos, sino como componentes constitutivos de un modelo de gestión integral que orienta y fortalece las acciones en favor de la apertura legislativa. (ParlAméricas, 2022: 7).

Vigilar al vigilante en cuanto a la vida legislativa es una cuestión necesaria de llevar a cabo y es preciso tener presente en esa observación a dicho poder público cada una de las herramientas aquí enunciadas y aquellas particulares de cada Nación latinoamericana mismas que deben constituirse como principio fundacional para una democracia saludable, dicho en otras palabras “la eficacia de la institución representativa se evidencia cuando hace posible el debate y la crítica a una actuación gubernamental, con publicidad, en todas las actividades de la Cámara” (Pinelli y Presno, 2016: 80).

Actividades donde cada vez están más inmiscuidos los ciudadanos, que día a día se interesan más en lo que hacen sus gobernantes y representantes. Así es ineludible hacer la vida pública cada vez más pública.

En el siguiente y último punto antes de llegar al apartado de conclusiones, veamos cómo los Poderes Legislativos de América Latina confluyen en una organización conocida por sus siglas como Parlatino.

VIII. Parlamento Latinoamericano y caribeño (Parlatino) [arriba] 

El Parlamento Latinoamericano y Caribeño (Parlatino) se constituyó en 1964, específicamente el 7 de diciembre. El Tratado de Institucionalización a Parlatino se celebró el 16 de noviembre de 1987, y fue suscrito en Lima, Perú. Actualmente su sede permanente está en Panamá.

Se trata de un organismo regional, con carácter permanente y unicameral, el cual se integra por los Parlamentos de distintos países de América Latina.

Se compone por una Asamblea, la Junta Directiva integrada por un Presidente, un Presidente Alterno, un Secretario General, un Secretario General Alterno, un Secretario de Comisiones, un Secretario de Relaciones Interparlamentarias y un Secretario de Relaciones Interinstitucionales y por 23 Vicepresidentes, uno por cada país miembro.

Los miembros que actualmente conforman este organismo son 23 países: Argentina, Aruba, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Curaçao, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, San Martín, Suriname, Uruguay y Venezuela.

México forma parte de Parlatino desde el 4 de diciembre de 1987 y lo ha presidido en dos ocasiones (25 de abril de 1997 al 16 de julio de 1979, así como del 18 de marzo del 2000 al 8 de noviembre de 2002)

Parlatino tiene como principios permanentes e inalterables, los enunciados a continuación:

· La defensa de la democracia.

· La integración de Latinoamérica.

· La no intervención.

· La autodeterminación de los pueblos.

· La pluralidad política e ideológica como base de una comunidad latinoamericana democráticamente organizada.

· La igualdad jurídica de los Estados.

· La condena a la amenaza y al uso de la fuerza contra la independencia política y la integridad territorial de cualquier Estado.

· La solución pacífica, justa y negociada de las controversias internacionales.

· La prevalencia de los principios de derechos internacional referentes a las relaciones de amistad y a la cooperación entre los Estados.

Ahora bien, dicho organismo tiene los propósitos enlistados enseguida:

1. Fomentar el desarrollo económico y social de la comunidad latinoamericana y pugnar porque alcance la plena integración económica, política, social y cultural de sus pueblos.

2. Defender la plena vigencia de la libertad, la justicia social, la independencia económica y el ejercicio de la democracia representativa y participativa, con estricto apego a los principios de la no intervención y de la libre autodeterminación de los pueblos.

3. Velar por el estricto respeto a los derechos humanos.

4. Luchar por la supresión de toda forma de colonialismo, neocolonialismo, racismo y cualquier otra clase de discriminación en América Latina.

5. Oponerse a la acción imperialista en América Latina, recomendando la adecuada legislación normativa y programática que permita a los pueblos latinoamericanos el pleno ejercicio de la soberanía sobre su sistema económico y sus recursos naturales.

6. Estudiar, debatir y formular políticas de solución a los problemas sociales, económicos, culturales y de política exterior de la comunidad latinoamericana.

7. Contribuir a la afirmación de la paz, la seguridad y el orden jurídico internacionales, denunciando y combatiendo el armamentismo y la agresión de quienes sustenten la política de la fuerza, que son incompatibles con el desarrollo económico, social, cultural y tecnológico de los pueblos de América Latina.

8. Canalizar y apoyar las exigencias de los pueblos de América Latina, en el ámbito internacional, respecto al justo reconocimiento de sus derechos.

9. Propugnar el fortalecimiento de los Parlamentos de América Latina, garantizando así la vida constitucional y democrática de los Estados, como también propiciar, sin perjuicio del principio de la no intervención, el restablecimiento de aquellos que hayan sido disueltos.

10. Mantener estrechas relaciones con los Parlamentos sub-regionales de América Latina.

11. Mantener relaciones con Parlamentos de todas las regiones geográficas, así como con Organismos internacionales.

12. Difundir la actividad legislativa de sus miembros.

13. Luchar a favor de la cooperación internacional, como medio para instrumentar y fomentar el desarrollo armónico de la comunidad latinoamericana, en términos de bienestar general.

14. Promover el estudio y desarrollo del proceso de integración de América Latina hacia la constitución de la Comunidad Latinoamericana de Naciones.

15. Promover, en consecuencia, el sistema de sufragio universal directo y secreto, como manera de elegir a los representantes que integren, por cada país, el Parlamento Latinoamericano.

Es importante hacer mención que corresponde a cada país-miembro elegir a sus representantes ante el Parlatino. Cada delegación tendrá un máximo de 12 integrantes y su composición debe ser proporcional a los grupos parlamentarios representados en sus respectivas Asambleas.

Para tener una idea de la pluralidad que ha existido en la presidencia de este órgano regional, es importante dar a conocer a quien lo ha presidido, hasta llegar a la actual representación.

Veamos:





Tabla de elaboración propia, con información de Parlatino.org

Este tipo de organismos tienden a coadyuvan en la integración de Latinoamérica en temas comunes, para hacer frentes parlamentarios, en la búsqueda de dotar de mejores ordenamientos y de representar mejor los intereses en aras de la búsqueda del bienestar colectivo y dirigir a sus respectivas Naciones hacia el Estado de Bienestar. Para ello cuenta con una serie de leyes modelo, un total de 109, que pueden consultarse en el siguiente enlace https://parlatin o.org/leyes -modelo-aprob adas-por-el-parlatino/ que están orientadas a temas coyunturales que van desde paridad, primera infancia, seguridad, educación, tecnología, energía, salud, medio ambiente, migración, trabajo, minería, entre otros.

Para conocer más acerca de esta asociación, escanear el código QR:

IX. Conclusiones [arriba] 

En la exposición temática abordada ha quedado de manifiesto que el Parlamento vitaliza la vida pública democrática, por lo que es fundamental observar y estar al tanto de lo que hace y cómo lo hace, así como de sus omisiones. En este sentido reconocer sus funciones ha sido un tema planteado con oportunidad para divulgar las actividades propias del Poder Legislativo de cada latitud.

Además, constatar la trascendencia de saber que la realidad social tiene que llevarse a la legislación para atender las problemáticas de una sociedad cada vez más exigente y en constante movimiento, asociado a las circunstancias y época de transformación socio-política que nos está tocando vivir; situación que no siempre ocurre en Latinoamérica, nuestra patria grande. Es decir, pasar del estadio de leyes de papel, a uno donde éstas permitan cristalizar derechos, y marcar las pautas de políticas públicas idóneas para esta época.

Hablé también de la representación y de cómo son vistos los legisladores, quienes sin duda deben trabajar con más ahínco para superar esa brecha que los separa de la ciudadanía.

Otro punto relevante, es la observación de la actuación de los dos sectores presentes en los Parlamentos: las mayorías y minorías legislativas, cada uno de los cuales asumen papeles distintos pero complementarios, lo que además de dar vitalidad a los Poderes Legislativos, da certeza de legitimidad toda vez que a través de propuestas, debates, argumentos y negociaciones es como se alcanzan los acuerdos para atender las demandas del pueblo, y de esta manera queden plasmadas en la legislación.

Al entrar de lleno a dilucidar el poder que tienen los Parlamentos hemos visto ejemplos palpables de ese poderío, asimismo del acompañamiento que como representados debemos hacer de ello, puesto que, al tener una democracia representativa, delegamos en dicho poder público una serie de atribuciones a la par de estar atentos al cumplimento de sus obligaciones; por tanto, este tipo de tópicos es relevante estén presentes sobre la mesa de debate, en la academia, en las charlas de café, en las redes sociales, así como en los Centros de Investigación y observatorios legislativos.

Siguiendo la pista de estas temáticas, diserté acerca de quién vigila al vigilante en cuanto se refiere al Poder Legislativo, donde el poder ciudadano, el poder del pueblo es (y debe ser) determinante para mantener en constante observación a este poder público, para ello presenté de manera suscita tres instrumentos: el Parlamento Abierto, las audiencias públicas y las TIC.

Finalmente, explique los principios y propósitos, además de la composición y estructura del Parlatino, organismo que agrupa 23 Parlamentos de América Latina. Dicha organización es fundamental no perderla de vista, pues su incorporación en la vida pública permitirá expandir el conocimiento relativo a organizaciones latinoamericanas, lo que fortalece al continente en general y a los países en particular al hacer posible los frentes parlamentarios para que contrastando las experiencias de los pares se tengan mejores ordenamientos dirigidos hacia el Estado de bienestar.

Continuemos el intercambio de ideas. Entre letras, con mi café y a un tweet de distancia me encuentran como @_BarbaraCabrera

X. Fuentes de investigación y consulta [arriba] 

BERLÍN Valenzuela, Francisco [coordinador], (1997), “Diccionario Universal de Términos Parlamentarios”, Miguel Ángel Porrúa, México.

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* Doctora en Derecho. Escritora. Investigócrata y divulgadora del conocimiento. Presidenta del Comité Editorial Internacional de Quaestionis, así como autora de la Sección “Internet y Derecho” de dicha publicación. Directora de Publicaciones en PaideiaMx. Socia de Internet Society, capítulo México. Miembro de la Red de Investigadores Parlamentarios de la Cámara de Diputados [México]. Investigadora parlamentaria en el Centro de Investigaciones Legislativas del Congreso del Estado de Jalisco [México] Integrante del Claustro de profesores, así como del Comité de Investigación de Pármenas. Centro de Estudios, con sede en la Ciudad de Puebla (México)
Agenda temática de interés: Tecnologías de la Información y Comunicación, redes sociales, pensamiento crítico, construcción de ciudadana y tópicos legislativos.
Articulista nacional e internacional, con más de 140 artículos, publicados en diversas revistas de divulgación del conocimiento, así como autora, coautora, coordinadora y prologuista en 37 libros.
Para conocer su perfil profesional ingresa a su LinkedIn: Dra. Bárbara Leonor Cabrera Pantoja.